Pensión voluntaria / alivios tributarios
Construye tu futuro y paga menos impuestos con nuestro Seguro de Pensión Voluntaria. Te ofrecemos una forma flexible y segura de generar un ingreso mensual para disfrutar en el futuro, con opciones de pago a tu medida y la tranquilidad de contar con un seguro de vida adicional.
- Reduce la brecha pensional
- Define el monto y el período de tu mesada (en SMLMV).
- Posibilidad de pagos periódicos, mixtos, únicos y la posibilidad de pagos adicionales.
- Seguro de vida incluido en caso de Muerte o incapacidad total y permanente.
- Libre elección de beneficiarios.
- Beneficio tributario (Artículo 126-1).
Estas son preguntas importantes
¿Te las has planteado alguna vez?
- ¿Cuál será el valor de su pensión en el futuro?
- Ante una situación de desempleo, ¿cómo afectaría eso el monto de tu futura pensión?
- ¿En tu ahorro voluntario, puedes elegir libremente los beneficiarios? ¿Y puedes decidir qué porcentaje le corresponde a cada persona?
- Si sufrieras una invalidez o llegaras a faltar, ¿qué cantidad de dinero recibirían tú o tus beneficiarios como pensión?
- ¿De qué forma tus ahorros voluntarios brindarían seguridad financiera a tu familia si tú ya no estuvieras?
- ¿Qué mecanismos estás utilizando para bajar tu base de retención en la fuente y declaración de renta?

Preguntas frecuentes
No, el traslado implica iniciar un nuevo período de permanencia, pero puedes conservar tus derechos adquiridos en el fondo anterior según el régimen.
Sí, puedes realizar aportes voluntarios adicionales en cualquier momento, lo que mejora tu ahorro y tus beneficios tributarios.
Depende del producto contratado y de la normativa vigente, pero existen restricciones para mantener los beneficios tributarios.
Los beneficiarios designados recibirán los pagos pendientes según lo establecido en el contrato.
Sí, puedes modificar tus beneficiarios en cualquier momento, respetando las condiciones contractuales.
El tiempo mínimo depende del producto contratado y de los beneficios tributarios que quieras mantener. Generalmente, para conservar los beneficios fiscales, los aportes deben permanecer al menos 10 años en el fondo. Es importante consultar las condiciones específicas de tu plan.
Sí, en algunos planes puedes realizar retiros parciales antes de comenzar a recibir tu pensión cierta, siempre que cumplas con las condiciones establecidas en el contrato. Es importante tener en cuenta que estos retiros podrían afectar el saldo acumulado y los beneficios tributarios asociados, por lo que se recomienda asesorarte antes de tomar esta decisión.